Un poco de historia

 

Históricamente, en la época romana, el matrimonio era un derecho civil exclusivo de los ciudadanos romanos libres según las leyes romanas, mientras que los esclavos no gozaban de ese derecho. De hecho, el concubinato, tan mal visto en nuestra sociedad actual, poseía entonces su propia figura jurídica y su regulación legal. En la Grecia Antigua el matrimonio era entendido como una unión donde no había cabida para el amor ni para la elección libre de la pareja. Estos matrimonios eran de conveniencia. Tanto en Grecia como en Roma los matrimonios eran la forma de legalizar a la pareja y asegurar de ese modo la transmisión del patrimonio. Hasta incluso el concubinato, tan mal visto en épocas no tan pretéritas, tenía, ya entonces, su propia regulación jurídica en el Derecho romano.

 

Con el surgimiento del cristianismo y hasta bien entrada la Edad Media el matrimonio se constituyó como el instrumento mediante el cual se ganaba poder político y hasta hace relativamente poco la mujer no tenía voz para escoger libremente a su marido. En Inglaterra, por poner un ejemplo, hasta el siglo XVI los matrimonios consistían en un contrato donde la novia se entregaba al esposo a modo de propiedad y éste, a su vez, recibía un dote por asumir la “carga” del mantenimiento de la mujer.

 

Aun a pesar de la actual obligación por parte de la Iglesia Católica y del Derecho canónico de la asistencia de un testigo cualificado, papel desempeñado por el párroco, en las celebraciones matrimoniales canónicas, no siempre fue así. Hasta la segunda mitad del siglo XVI el matrimonio era válido con la simple presencia de los contrayentes. A partir del Decreto Tametsi, producto del Concilio de Trento, se estableció una rígida ritualización que se debía observar para la efectiva validez matrimonial: se requirió la asistencia del párroco y de otros dos testigos y la inscripción del nuevo matrimonio en el registro parroquial, ya que hasta entonces nunca se tuvo constancia escrita de los matrimonios existentes. Por lo tanto, la Iglesia Católica no siempre tuvo el riguroso control que ejerce actualmente para la formalización de las nupcias.

 

El matrimonio por amor mutuo es una conquista reciente. Anteriormente, uno no se casaba por amor, aunque no obstante, se esperaba que amara a la persona con la cual se había casado.

 

El catedrático de Historia en Harvard, John Boswell sostiene la idea de que desde el siglo III al XIII las Iglesias tanto católica como ortodoxa bendijeron uniones homosexuales bajo el nombre latino de ordo ad fratres faciendum o adelphopoiesis, palabra griega derivada de los vocablos adelphos (δελφός) que significa “hermano”, y poios (ποιώῶ) que quiere decir “hacer”. Boswell dota a estas uniones del nombre de “ritos de hermanamiento”. Estos ritos poseían una formalidad muy similar a los matrimonios heterosexuales y en los cuales presuntamente pudieron participar los mártires San Baco y San Sergio a principios del siglo IV[1].

 

Otro reconocido historiador, Alan Bray, estudió más a fondo estos ritos de uniones y concluyó que aunque la jerarquía eclesiástica no aprobaba los actos sexuales dentro de la adelphopoiesis, no mantenían ningún control sobre si ese celibato se llevaba a cabo: “una dificultad molesta es la demostración de la opinión de Boswell de que los hermanamientos eran (o pudieran ser) de índole sexual. La crónica del siglo XIV del monasterio cisterciense de Meaux en Yorkshire, una obra de enorme erudición, relata que Eduardo II de Inglaterra se deleitaba especialmente en el vicio sodomítico y el biógrafo moderno de Gaveston concluye, de forma comprensible, que no hay duda de que la relación de Eduardo y Graveston era de naturaleza sexual. Esto naturalmente no era apoyado por el derecho canónico, pero es poco probable que Eduardo y Graveston fueran únicos en este sentido. También existía una ambigüedad sexual similar en cuanto a las demás formas de parentesco ritual, que evoca la exposición de Giraldus. Los tribunales eclesiásticos rechazaban las relaciones sexuales antes del matrimonio eclesiástico y no secundaban las relaciones sexuales de los parientes espirituales de la compaternitas: los commatres y compatres; sin embargo la condena de las relaciones sexuales tras el matrimonio era desatendida”[2].

 

El matrimonio como construcción social 

 

La sociología y la antropología coinciden en que el matrimonio es una construcción social y no una institución natural. Si esto fuera así, si la unión permanente, indisoluble y orientada exclusivamente a la procreación de la especie, en definitiva el matrimonio, estuviera inscrito en nuestro código genético (lo que lo haría natural), sólo existiría una única forma matrimonial universal. El matrimonio es una institución extremadamente cambiante en el tiempo y en el espacio, y la base podemos hallarla en la propia etimología de la palabra matrimonio, proveniente de las raíces latinas matris (madre) y monium (oficio, cargo), de lo que resulta “cargo de la madre”. Lo mismo ocurre con el “patrimonio”, que originariamente era el “cargo del padre”. En la actualidad uno y otro no son monopolios de sus respectivos sexos, por lo que podemos concluir que al igual que la palabra matrimonio ha perdido su significado primitivo, lo mismo puede ocurrir ahora para englobar nuevas acepciones como su vertiente homosexual, ya que es evidente la necesidad de regular y equiparar bajo el mismo rasero a nuevas realidades sociales y familiares.

Es necesario resaltar aquellas culturas que reconocen la posibilidad de realizar matrimonios entre personas del mismo sexo como, por ejemplo, entre hombres y entre mujeres azande, matrimonio de mujeres en Dahomey y entre los nuer. Además de que la aplicación de conceptos propios de nuestra cultura como “matrimonio” o “familia”, identificándolos con instituciones afines en otras culturas, dada cuenta de la variabilidad de formas familiares existentes, resulta harto absurdo e imposible de una comparación efectiva[3]. Con esto último, además, hallamos otra evidencia del matrimonio como elemento puramente social, concepción antagónica de la idea del matrimonio de origen divino o natural, propio de obcecaciones religiosas y sectarias.

 

Las familias

 

El empeño en la defensa de una familia unívoca y predeterminada por doctrinas milenarias basadas en  la superstición más arcaica y carente de toda lógica, no son imperativos que tengan la validez requerida para su efectiva aplicación en la sociedad actual. La familia es el núcleo confluente del amor, la convivencia, la intimidad, la complicidad… de todos los valores donde se asientan las pretensiones más ambiciosas que posee el hombre y la mujer para desarrollarse como Personas. En cualquier lugar se pueden encontrar estos valores por separado, y se dan al margen de la sexualidad genotípica de los individuos. Mientras converjan todos estos aspectos, nos encontraremos frente a una auténtica realidad familiar.

 

El problema de la complementariedad en una pareja, esgrimido por los sectores conservadores, es una banalización de los sentimientos que conforman la institución familiar, una genitalización que da paso a una imagen de la unión matrimonial basada en la concupiscencia.

 

El matrimonio plástico

 

Anthony Giddens, en su estudio de las relaciones sentimentales y sexuales entre los individuos contemporáneos, llega a la conclusión de que la revolución sexual de la última mitad del siglo recién dejado atrás, ha dado lugar a lo que denomina “sexualidad plástica”[4]. Es un hecho, al menos en el ámbito del Derecho civil, la separación entre matrimonio y fecundidad. La procreación se ha ido desligando completamente de la vida conyugal; de ser su finalidad teleológica y deontológica ha pasado a convertirse en un efecto colateral del matrimonio.

 

En esta exposición me gustaría ir más allá y hablar del un “matrimonio plástico”. El cual debe modelarse a las exigencias que los cambios sociales y las transformaciones en las estructuras mentales de los individuos producen. Incluyendo hoy en día la protección jurídica demandada por el colectivo homosexual y teniendo presente futuras ampliaciones a situaciones legítimas entre personas adultas jurídicamente capaces y responsables de sí mismas. Que este “matrimonio plástico” sea un reflejo del marco social y de la situación histórica en que se desarrolle.

 

La democracia dio voz a colectivos marginados, perseguidos y torturados física y psicológicamente y, gracias a ello, ahora existe una libertad que antes era impensable. Nos encontramos fuera de ese automatismo que las diferentes fuerzas represivas en la historia mantuvieron a toda la sociedad sumida en el “pensamiento único” respecto de la sexualidad.

 

Estas nuevas realidades emergentes son el claro ejemplo de la diversidad que siempre ha existido y que debe ser tomada en cuenta, por el bien de la institución matrimonial y la evitación de su anclaje en el pasado, que acaban erosionándola e inutilizándola, como ocurre en los países nórdicos, donde generalmente se dan los cambios sociales que el resto de países adoptan más tarde o más temprano, en los que la tasa de cohabitación gana cada vez más terreno a la de las uniones matrimoniales.

 

Ángel Ramos



[1] BOSWELL, John, Las bodas de la semejanza. Uniones entre personas del mismo sexo en la Europa premoderna, Barcelona: Muchnick editores, 1996.

[2] BRAY, Alan, The Friend, Chicago: Univesity of Chicago Press, 2003.

[3] PICHARDO, José Ignacio, Antropología y matrimonio homosexual [en línea], AIBR, Revista de Antropología Iberoamericana, Número 33, http://www.aibr.org/antropologia/boant/criticos/mar0401.php, [Última consulta: 20 de mayo de 2008].

[4] GIDDENS, Anthony, La transformación de la intimidad: sexualidad, amor y erotismo en las sociedades modernas, Madrid: Ediciones Cátedra, 1998.